No, una persona migrante no tiene más facilidades para recibir ayudas que cualquier ciudadano español

NO, una persona migrante no tiene más facilidades para recibir ayudas que cualquier ciudadano español.

(Publicado 22/08/2022)

Seguimos detectando viejos bulos que vuelven a compartirse por redes para seguir generando odio y rechazo, en esta ocasión, hacia cualquier persona migrante. Es el caso del audio en el que un supuesto trabajador del INEM habla sobre los beneficios que tienen los migrantes con los sistemas de ayudas.

“Un inmigrante tiene muchas más papeletas de recibir ayudas que cualquier ciudadano español" o “Un marroquí con sólo trabajar 6 meses ya puede traer en la práctica a toda su familia a España"

El mismo texto aparece transcrito en portales como Forocoches como podemos ver a continuación:

Para este bulo vamos a hacernos eco de la investigación realizada por Maldita.es cuyo artículo completo puedes leer aquí: (https://acortar.link/6pcPce)

Con dicha información podemos desmentir ambas afirmaciones; sobre la primera que afirma que una persona migrante tiene más opciones de recibir ayuda pública podemos afirmar que los requisitos para recibir ayudas son iguales para todo el mundo, sin importar su procedencia o nacionalidad si no su situación de vulnerabilidad y administrativa en España; es decir una persona sin papeles no puede acceder a este tipo de ayudas y en determinados casos tampoco las que solicitan protección internacional en una primera fase; por ejemplo, el subsidio por desempleo se da a aquellas personas que no han cotizado el mínimo establecido y por lo tanto no tienen “paro”, en 2022 esta cantidad asciende a 463€.

Las 17 comunidades autónomas han afirmado a Maldita.es que en ningún caso se adjudican ayudas beneficiando más a personas migrantes que a españolas.

La segunda parte del bulo afirma que una persona marroquí puede traer a toda su familia solo habiendo trabajado 6 meses en España; otro bulo puesto que cualquier persona extranjera que quiera reagrupar a sus familiares primero debe cumplir una serie de requisitos e iniciar un procedimiento denominado “Reagrupación Familiar”, para poder iniciarlo tiene que estar en situación administrativa regular y demostrar una solvencia económica que le permita hacerse cargo del familiar reagrupado, además en el caso de menores también debe demostrar la habitabilidad de la vivienda en la que los menores van a vivir. Por otro lado el procedimiento de reagrupación solo contempla a cónyuge y menores a cargo o padres/madres a cargo (mayores de 65) en situación de dependencia; el resto de familiares (hermanos, primos, tíos, abuelos, etc) no entrarían en este supuesto con la normativa actual.

CONCLUSIONES

  • Una vez más, viejos bulos son vueltos a poner en circulación para seguir promoviendo odio e intolerancia.

  • Las ayudas públicas en España no hacen diferencia por el origen de las personas si no por su situación social, económica y/o laboral; en todo caso para una persona migrante sin papeles dichas ayudas son inexistentes.

  • El trámite de Reagrupación Familiar al que pueden acceder las personas migrantes en situación regular en España, responde al derecho de las personas a poder vivir junto a su familia de primer grado, al derecho de los y las menores a poder vivir con sus progenitores y al derecho de las parejas a poder vivir juntas; sin embargo, es un trámite bastante largo y para el que no es fácil cumplir los requisitos que se exigen.

#NoCompartoOdio2 es un programa de sensibilización de Fundación ACOBE con la financiación de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad de la Comunidad de Madrid.