Bulo 4 - No, regularizar a personas migrantes no les concede la nacionalidad de forma automática
Publicado: 28/052025 – Revisado: 20/09/2025
«El Gobierno abarata la nacionalidad española para poder regularizar a 900.000 inmigrantes«
Este es el títular del artículo que ha publicado el medio digital The Objective (puedes verlo aquí) afirmando que la nueva Ley de Extranjería, que recientemente ha entrado en vigor, rebaja los requisitos para ser nacionalizado hasta límites nunca vistos con el objetivo de regularizar a 300.000 inmigrantes cada año durante los próximos 3 años; además afirma que para lograrlo, el Ejecutivo ha agilizado los trámites y creados nuevas condiciones para entrar en España y que ha creado 750 nuevos puestos de trabajo en las oficinas de extranjería para llevar a cabo estas tareas.
El artículo no tiene desperdicio para quien busca crear miedo en la población, ya que incluye datos (manipulados) y afirmaciones sobre la teórica sustitución demográfica que sufrirá España en los próximos 20 años, dentro de los cuales, supuestamente la población nacionalizada será mayor a la de los nacionales autóctonos; pero es tema para otra publicación.
Pero la intención de este medio no es alertar a la población si no crear rechazo a la población extranjera y sobre todo atacar al Gobierno actual utilizando para ello la situación de desamparo que sufren miles de personas migrantes en situación irregular; desconociendo que su regularización no solo es un paso importante en política migratoria si no que es beneficioso para toda la sociedad en su conjunto.
De cualquier forma, vamos a centrarnos en el titular de The Objective porque el bulo empieza precisamente ahí; lo primero que debemos saber es que el nuevo Reglamento (No Ley) de Extranjería recientemente entrado en vigor estima la regularización de unas 900.000 personas migrantes en los próximos 3 años; pero esto no supone la concesión de nacionalidad española; de hecho el nuevo reglamento no supone ninguna modificación en los requisitos para la obtención de la nacionalidad española, cuyo requisito principal en todos los casos es estar ya en situación regular por un tiempo determinado que puede variar entre 2 y 10 años según el país de origen y los convenios bilaterales de España con esos países.
Además desde el Área Legal de ACOBE nos afirman que el Nuevo Reglamento de Extranjería. en ningún caso modifica los requisitos para la obtención de la nacionalidad, simplemente porque ésta está recogida en el Código Civil, mientras que lo que tiene que ver con permisos de residencia, procedimientos de regularización, etc. están recogidos en la Ley de Extranjería.
Conclusiones.
- Regularizar la situación administrativa de personas migrantes irregulares no significa la concesión de nacionalidad española, si no que es un requisito previo para vivir y trabajar legalmente en España y cuando la persona cumpla los requisitos y quiera solicitarla podrá hacerlo.
- La cifra de 900.000 mil migrantes se refiere a la previsión de personas regularizadas en 3 años, no a personas nacionalizadas.
- El nuevo Reglamento de Extranjería no modifica en ningún caso los requisitos para la obtención de la Nacionalidad Española, por el hecho de que se trata de normativas distintas.
Artículo producido en el marco de los proyectos:
Convivencia e Información contra Bulos, Prejuicios y Estereotipos, financiado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y la Unión Europea.
No Comparto Odio 3.0, financiado por la Comunidad de Madrid, en el marco del Programa Corresponsables del Ministerio de Igualdad de España.

